Enero reportó 168 sanciones contra conductores que transportaban, en sus carros, niños menores de 145 cm de talla y de menos de 12 años, sin el dispositivo de retención, según cada caso.
Esta cifra arroja un promedio de más de 5 casos por día, para el primer mes del año. Si bien la suma es significativa, son 10 casos menos que en el primer mes del 2020, acotó Alberto Barquero, subdirector de la Policía de Tránsito.
En ese sentido, citó el funcionario, se trabaja este mes de febrero para controlar, entre otros aspectos, este tema, principalmente cerca de centros educativos. En febrero, del año pasado, se registraron 125 sanciones por esta falta y la idea es lograr que se reduzca, más que con temor a una multa, con conciencia de los padres de familia sobre la relevancia de portar estos dispositivos en el vehículo, cuando trasladan niños.
Se aclara que, si un menor supera los 145 cm de estatura, antes de los 12 años, ya no necesita un dispositivo. Para tener certeza de ello, el adulto debe colocar al niño en el asiento, sin búster, y probar que al tiempo que la espalda queda “pegada” al respaldar del asiento del carro, toda la planta de los pies toca el piso del carro y, lo más importante, que el cinturón pasa por el pecho y no por el cuello.
“Otro aspecto que queremos explicar es que si bien un niño de 10 u 11 años, por ejemplo, pudiera ser que ya no necesite el dispositivo, por su estatura, ese niño no puede viajar en el asiento delantero hasta que cumpla 12 años”, explicó Barquero.
También, el primer mes del año dejó 15 sanciones por llevar niños de menos de 5 años en motocicleta, lo cual es ilegal. Tanto por llevar niños sin dispositivo en el carro, o por llevar niños de menos de cinco años en la motocicleta, la multa es de ¢221 458,59 y se acumulan 4 puntos en la licencia.