A partir de setiembre, los turistas provenientes de países con los que Costa Rica mantiene las fronteras abiertas, podrán ingresar al territorio nacional en yates o veleros.
Mediante Decreto Ejecutivo N° 42585-MGP-S, publicado este sábado, el Gobierno de la República establece que las personas que ingresen al país vía marítima provenientes de la lista de países permitidos y no hayan realizado escala en otro lugar, podrán ingresar al país.
En cuanto a los pasajeros que no traen consigo la prueba PCR negativa (la cual, ahora, debe tomarse 72 horas previas al viaje a Costa Rica) o zarparon en alguna ciudad o país no autorizado, recibirán una orden sanitaria de cuarentena, a la cual se le descontarán los días que llevaron en altamar a partir del último zarpe que queda registrado en la bitácora del yate.
Entre los requisitos que deberán cumplir los turistas provenientes de yates o veleros también se dispuso que deberán contar con un seguro médico que ofrezca cobertura en caso de contraer el virus SARS-coV-2. Además, deben entregar el documento “Zarpe Internacional de Embarcaciones” y completar el Pase de Salud, emitido por el Ministerio de Salud.
Para el ingreso de turistas vía marítima, los yates o veleros deberán atracar en las marinas autorizadas. Estas disposiciones podría representar el ingreso de un centenar de yates privados en lo que resta del año en las distintas marinas: Golfito, Los Sueños, Pez Vela, Banana Bay y Papagayo.
Costa Rica mantiene fronteras aéreas abiertas con países de la Unión Europea (zona Schengen) Reino Unido, Japón; Corea del Sur; Tailandia; Singapur y República Popular China: Oceanía (Australia y Nueva Zelanda), Norteamérica (Canadá y 12 estados de EE.UU.) y Uruguay en América del Sur. La revisión de la lista es periódica, a fin de evaluar el manejo y comportamiento del COVID-19 en otros países.
Más información en: https://www.visitcostarica.com/es/costa-rica/planning-your-trip/entry-requirements