Recuerde que si usted necesita circular en su vehículo en horarios o días con restricción sanitaria, a partir de este domingo 1 de agosto deberá tener una nueva carta de excepción, pues las actuales vencen este sábado 31 de julio. Según el Decreto Ejecutivo 42295-MOPTS-S, la renovación se hace cada dos meses, contados a partir de su fecha de emisión.
La carta puede ser presentada en formato físico o digital y quienes cuenten con gafete institucional o empresarial, están obligados mostrarlo junto con la carta de excepción.
Por su parte, las personas trabajadoras independientes deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias restringidas: de 5 a. m. a 9p. m. en todo el país y para los fines de semana 50/50 por placas pares e impares.
La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten desplazarse por motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras.
El sitio http://presidencia.go.cr/alertas/restricción-vehicular está disponible tanto para conocer las especificaciones de carta de excepción, como para descargar el “machote” de la carta.