A partir de hoy lunes y hasta el próximo 30 de abril, rigen nuevas medidas de restricción vehicular sanitaria con el objetivo de aplanar la curva de contagio en el territorio nacional por el COVID-19 y atenuar sus efectos colaterales.
Estas nuevas medidas se fundamentan en 3 principios claros:
- La restricción vehicular diurna por número de placa, de lunes a viernes, es para todo el país y a partir de las 5 am y hasta las 7 pm.
- No se puede circular en las noches (de 7 pm a 5 am).
- Los fines de semana sólo se puede circular durante el día y para acceder a supermercados, abastecedores, pulperías, farmacias y centros de salud. Los sábados no pueden transitar las placas pares y los domingos las impares.
Así se anunció en conferencia de prensa, el sábado anterior.
MEDIDAS EN DETALLE:
De lunes a viernes:
-Restricción diurna será de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. aplicará por placas en todo el país, salvo excepciones.
-En este horario no circularán:
- Lunes: 1 y 2
- Martes: 3 y 4
- Miércoles: 5 y 6
- Jueves: 7 y 8
- Viernes: 9 y 0
-Restricción nocturna total de 7:00 p.m. a 5:00 a.m., salvo excepciones.
-Transporte público regular -sin personas de pie- funcionará de 4:00 a.m. a 11:00 p.m.
-Establecimientos con permiso de funcionamiento y que atiendan al público:
- Podrán funcionar únicamente de 5:00 am a 7:00 pm, con un aforo del 50%.
- Servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5 a.m. a 7:00 p.m.
- Las 24 horas funcionará el servicio a domicilio
Fines de semana:
-Restricción vehicular total, únicamente con acceso a supermercados, abastecedores, pulperías, farmacias y centros de salud de 5:00 am a 7:00 pm.
– En ese horario no podrán circular:
- Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8
- Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9
-Transporte público regular -sin personas de pie- funcionará de 4:00 a.m. a 11:00 p.m.
-Establecimientos con permiso de funcionamiento y que atiendan al público:
- Deben cerrar los fines de semana.
- Servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5 a.m. a 7:00 p.m.
- Las 24 horas funcionará el servicio a domicilio.
- El Ministerio de Salud establecerá mediante resolución las excepciones de establecimientos que pueden funcionar en el horario de restricción.
Medidas permanentes, adicionales a la restricción vehicular:
-Se mantiene cierre de bares, discotecas, teatros y cines de manera total.
-Taxis circulan 24 horas.
-No se permitirá la circulación de servicios especiales de autobús, microbuses y busetas de estudiantes, turismo y ocasionales. (Regulados por el CTP).
-Habilitado transporte especial de trabajadores.
-Se mantiene el cierre del transporte internacional de personas por vía terrestre y área, sólo se permite la entrada de mercancías y cargas.
-Instituciones públicas continuará con el plan básico de 20% de servicios esenciales, exceptuados todos los funcionarios requeridos para atender la emergencia. Se deberá maximizar la modalidad de teletrabajo. Únicamente deberá asistir el personal esencial para la continuidad de labores indispensables.
– Y el curso lectivo continuará suspendido.