El Gobierno de la República anunció un cambio en las medidas para el mes de septiembre debido al aumento de casos por covid-19 en todo el país y ante el preocupante estado actual de presión sobre el sistema hospitalario.
Por esto a partir del sábado 18 y hasta el 30 de septiembre, el horario de restricción vehicular iniciará a las 9:00 pm, de lunes a domingo.
Asimismo, se reactiva la restricción de placas pares e impares los fines de semana, de la siguiente manera:
De igual forma, y en concordancia con el horario de restricción vehicular, a partir del 18 de setiembre, los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, incluyendo supermercados, pulperías y licoreras, podrán funcionar de lunes a domingo entre las 5:00 am y las 9:00 pm, cumpliendo con los protocolos establecidos.
- Restricción vehicular sanitaria
Del sábado 18 y hasta el jueves 30 de septiembre, la restricción vehicular sanitaria funcionará de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. en todo el país, por lo que no podrán circular las siguientes placas, salvo la lista de excepciones:
- Lunes: 1 y 2
- Martes: 3 y 4
- Miércoles: 5 y 6
- Jueves: 7 y 8
- Viernes: 9 y 0
- La restricción vehicular para los fines de semana seguirá siendo de 50/50 por placas pares e impares.
El transporte público de buses podrá funcionar con normalidad, sin personas de pie.
Recuerde que si usted necesita circular en su vehículo en horarios o día con restricción sanitaria puede consultar la lista de excepciones en el sitio web presidencia.go.cr/alertas
Regulación de establecimientos.
A partir del 18 de setiembre, los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público podrán funcionar de lunes a domingo entre las 5:00 am y las 9:00 pm. De igual manera se recuerda que el servicio a domicilio está habilitado las 24 horas.
- Se mantienen los aforos anunciados desde hace semanas para el mes de septiembre:
- a)Bares con 25% de aforo y con la habilitación para su reconversión para operar como sodas, cafeterías y restaurantes.
- b)Los hoteles de más de 100 habitaciones, continuarán con un aforo de 75% de su capacidad máxima.
- c)Los lugares de culto, actividades académicas y empresariales, así como los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento para actividades artísticas; se mantienen en un aforo de hasta un máximo de 500 personas con distanciamiento de 1,8 metros, respetando burbujas sociales, uso obligatorio de mascarilla y la aplicación del protocolo específico.
- d)Los salones de eventos sociales continuarán con un aforo de un máximo de hasta 100 personas cumpliendo con distanciamiento de 1,8 metros, respetando burbujas sociales, uso obligatorio de mascarilla y la aplicación del protocolo específico.
- e)Las playas tendrán horario de 5:00 am a 8:00 pm en todo el país.
Finalmente, se le recuerda a todas las instituciones públicas la maximización de las medidas de teletrabajo, bajo un plan básico de funcionamiento de actividades presenciales que no supere el 20% de personal presencial, salvo oficinas regionales e instituciones que atiendan emergencia.