Conapdis envió un comunicado de prensa para advertir que la no aprobación de los recursos establecidos en el presupuesto extraordinario acarrea impactos significativos sin precedentes en la capacidad de garantizar los derechos de sus personas usuarias más vulnerables, una obligación de nuestro Estado del Bienestar, del cual la Asamblea Legislativa forma parte.
De concretarse el sistemático rechazo a los recursos estipulados en el expediente Nº 22.217, se desfinanciará la atención a personas que se encuentran en situación de pobreza extrema y abandono, cuyos apoyos y manutención dependen únicamente del Conapdis.
«La no aprobación de estos fondos se traduciría en dejar en situación de calle a cerca de 4.200 personas con discapacidad, personas que ya viven en situación de abandono y pobreza, y que habitan alguna de las 52 alternativas residenciales de Conapdis en todas las regiones del país», indica el documento.
Para el Conapdis, «la baja en la recaudación de impuestos trae consigo el debilitamiento en los recursos de FODESAF y subsecuentemente de los programas dedicados a la atención de las personas que debido a la discriminación interseccional, sufren más que ningún otro grupo social las consecuencias de cualquier emergencia.
Obstaculizar esta transferencia, además del cierre de las alternativas residenciales, supone la imposibilidad de poder proporcionar recursos para aprovisionar a quienes así lo requieren, de pañales, complementos nutricionales, implementos para alimentación especial (como por ejemplo sondas nasogástricas), así como de medicamentos que, en este momento, no provee la Caja Costarricense del Seguro Social».
Además de la demanda agregada por la pandemia y el incremento de solicitudes asociadas a las añadidas dificultades económicas de las familias, la demanda actual de este programa se ha expandido significativamente, a partir de los siguientes hechos:
- Por normativa debe atenderse a las personas con discapacidad mayores de 18 años que están ubicadas en alguna alternativa de protección del PANI y que son referidos al cumplir la mayoría de edad.
- Parte del faltante se origina en el 2018 con el egreso de 100 personas con discapacidad psicosocial del Hospital Nacional Psiquiátrico, que pasaron al amparo de Conapdis.
- Lo mandatado por el Poder Judicial que ordena el ingreso de la persona en situación de abandono de forma inmediata.
- El egreso de las personas en situación de abandono de los hospitales nacionales y regionales que implica un costo diario para la Caja Costarricense del Seguro Social de aproximadamente de ₡3.000.000 (tres millones de colones diarios), mientras que el Programa tiene un costo promedio mensual de ₡352.000 (trescientos cincuenta y dos mil colones).
- Tras el cierre del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE) fue trasladada a Conapdis la población que se atendía en ese momento y la demanda de nuevo ingreso.
- El egreso de personas del Hospital Chacón Paut para convertirlo en un hospital de pacientes agudos y no crónicos. Actualmente, se requiere para habilitar camas para atender personas contagiadas por la COVID
- La ubicación de personas que provienen del Centro de atención a personas con enfermedad mental en conflicto con la ley (CAPEMCOL).
- Las personas que llegan a cumplir 65 años y están dentro del Programa Pobreza y discapacidad, no se pueden egresar, porque el Conapam tampoco tiene la disponibilidad presupuestaria. Además, la Sala IV ordena que no se puede dejar de atender a ninguna persona adulta mayor con discapacidad dentro de este programa.
«La no aprobación de los recursos establecidos en este presupuesto extraordinario se traduce en el abandono por parte del Estado costarricence de toda esta población con discapacidad referidas por estas instancias», insistió la institución.
Comúnmente, en pasados ejercicios presupuestarios, aunque la fuente de financiamiento ya era escasa, se lograba atender esta demanda creciente con recursos obtenidos por medio de la incorporación de presupuestos extraordinarios, que el mismo fondo asignaba al Conapdis, según la ejecución, tanto del Fondo (FODESAF) como del Conapdis.
Sin embargo, tal circunstancia cambia al entrar en vigor la Ley N° 9635, por la implementación de la Regla Fiscal, y por el establecimiento del límite presupuestario. Por ende, se cerró la posibilidad de cubrir el déficit de cada año. En el 2020, sumado a lo anterior, al incrementar la demanda en razón de la emergencia por Covid-19, el déficit presupuestario oscila alrededor de los 2.000 millones de colones.
Por eso, para Conapdis, «la situación es crítica: por un lado, la disminución en la recaudación de las fuentes de financiamiento restringe las capacidades operativas institucionales, y por otro, la pandemia ha incrementado la presión sobre las finanzas de Conapdis, que tiene la obligación de atender a más personas referidas por la CCSS y personas habitantes de calle que están actualmente en alternativas como medida de distanciamiento en prevención del COVID-19».
En razón de lo anterior, y ante el potencial incumplimiento de las obligaciones del Estado costarricense como miembro de la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, la institución instó a la Asamblea Legislativa a no omitir la integración de los recursos requeridos para atender a las personas más vulnerables en la presente pandemia sanitaria. «Además, instamos a que, en adelante, los anteproyectos de presupuesto contemplen esta realidad institucional de Conapdis», concluyó.
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