El cierre de fronteras terrestres se extenderá hasta el 1.° de marzo, según una reforma al decreto ejecutivo 42690-MGP-S, publicado en La Gaceta, el viernes pasado.
Esto significa que solo nacionales o extranjeros que cuenten con una permanencia legal autorizada bajo las categorías migratorias de residencia permanente, temporal, especiales o no residentes subcategoría estancia, pueden ingresar al país vía terrestre.
La decisión de prorrogar el plazo de cierre de fronteras terrestres se sustenta en el abordaje del estado de emergencia nacional por el COVID-19, en lo que corresponde con el manejo de los movimientos migratorios, y velar por el bienestar de la población en el país.
La vigencia de la medida será revisada y analizada por el Poder Ejecutivo de conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19 en nuestro país.
El decreto fue firmado por el presidente de la República, Carlos Alvarado; el ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, y el ministro de Salud, Daniel Salas.