La proliferación de bicicletas a las que se les adaptó un motor de combustión o eléctrico y la venta de bicicletas eléctricas, genera dudas respecto a si ese vehículo requiere licencia de conducir. La respuesta es que no, en tanto conserven la capacidad de ser pedaleadas.
Según criterio ya emitido por la Dirección Jurídica del Consejo de Seguridad Vial, cuando a una bicicleta se le pone un motor, en tanto conserve su tracción humada, es decir, la capacidad de que se desplace mediante el pedaleo, no deja de ser bicicleta. Así las cosas, no requieren licencia, marchamo ni inspección técnica.
Lo mismo ocurre con aquellas bicicletas, principalmente eléctricas, que vienen de fábrica con esa cualidad bimodal (pedaleo y asistencia de motor) siempre y cuando se pueda pedalear y pueda avanzar con ese impulso humano, detalló German Marín Sandí, Director de la Policía de Tránsito.
Agregó que, eso sí, aquella bicicleta, adaptada o de fábrica, que no pueda ser pedaleada, deja de ser una bicicleta y se convierte en bicimoto (vehículos de motor de menos de 50 cc o eléctricos de menos de 5 kw), por lo que sí requiere la documentación citada.
Es fundamental, como lo señala la Ley de Tránsito, utilizar un casco adecuado, ropa reflectante y luces en las noches, para hacerse visibles ante los ojos de otros actores viales.
No conducir por las aceras, no sujetarse a otros vehículos, no llevar menores de tres años, en caso de que la bicicleta sea para más de un pasajero, y no utilizar rutas con velocidades permitidas superiores a los 80 km por hora, son otras reglas que los ciclistas deben cumplir.
Asimismo, indicó Marín, se solicita a los otros conductores respetar a los ciclistas y separarse al menos 1.5 metros de ellos, al rebasarlos.