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Multas que se realicen a partir de hoy se podrán impugnar incluso el 18 de enero

22 diciembre 2021

Si a una persona se le registró en el sistema una multa el 22 de diciembre, que es el último día laboral de este año en el Consejo de Seguridad Vial, tendrá 10 días hábiles para impugnar, si estima que tiene una razón fundada para ello.

Así las cosas, su primer día hábil correrá a partir del 5 de enero, de ahí que podrá apelar incluso el martes 18 de enero, como fecha máxima.

Las personas solo deben impugnar cuando estimen que fueron sancionados de manera injusta con la prueba respectiva.

Las multas de Tránsito prescriben en siete años con la actual Ley de Tránsito, por lo que, en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos.

SE PUEDE IMPUGNAR POR CORREO:

El Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, Carlos Rivas Fernández recordó que, desde abril del 2020, las personas que consideran razonable apelar una multa hecha por la Policía de Tránsito, tienen la opción de realizarla por correo electrónico, sin necesidad de contar con firma digital.

Esta medida se aplica de manera excepcional, a propósito de la pandemia por Covid-19 que afecta al país, de tal manera que se reduzca la presencia de personas y las aglomeraciones en las oficinas de trámites del Consejo.

Las 12 Unidades de Impugnación del país trabajan con normalidad, pero se insta a los usuarios a recurrir a las opciones de correo electrónico o fax.

El correo disponible es recepción-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como ÚNICO medio para recibir las comunicaciones futuras.

Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.

DECOMISO DE VEHÍCULO Y/O PLACAS:

Quienes cometan faltas que impliquen el decomiso del vehículo, de la licencia o de las placas durante el receso de Navidad y fin de año, podrán iniciar sus trámites de devolución hasta enero.

Desde esta óptica, Rivas hizo un llamado a los conductores a tener conductas correctas en carretera porque, claramente, todo lo que se decomise en fin de año incidirá en los plazos de devolución a partir del próximo mes.

Así, a quien se le decomisen las placas de su automotor hoy martes 22 de diciembre, sea por mal estacionamiento, por ejemplo, tendrá que esperar hasta enero para iniciar el proceso para la devolución y no podrá usar su vehículo.

El funcionario aprovechó para explicar que, adicionalmente al pago de las multas, los conductores que se les decomise el vehículo deberán pagar por cada día de custodia, además del costo del acarreo del vehículo al plantel.

Rivas quiso recalcar que a una persona que se le decomise el vehículo el 22 de diciembre, por dar una fecha, tendrá que pagar unos ¢65.000 solo en custodia, ya que el día tiene un costo de ¢5.066,29, por lo que se les solicita evitarse estos gastos, respetando la Ley.

Las personas deberán sacar una cita en www.csv.go.cr para tramitar la devolución de las placas o el vehículo.