La propuesta de texto sustitutivo sobre empleo público, fue presentada ya al presidente de la Asamblea Legislativa, Eduardo Cruickshank Smith.
De acuerdo con un comunicado de prensa enviado por el Gobierno: «La iniciativa se apega a los mandatos constitucionales, a las necesidades ciudadanas y a las buenas prácticas de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a la que Costa Rica se integrará como miembro número 38″.
En la presentación, la ministra de Planificación, Pilar Garrido, detalló que uno de los cambios propuestos es el establecimiento de un régimen general de empleo público, conformado por ocho familias de puestos (por sectores). Cada familia tendrá una columna salarial global que articule la remuneración (el nivel de salario) y que sólo aplicará para las nuevas contrataciones.
De igual forma, de acuerdo con el Gobierno, este documento presenta un nuevo paradigma en la forma de determinar los salarios en el sector público, al pasar de un esquema de salarios compuestos basados en las funciones y las competencias a otro que «elimine las distorsiones y las desigualdades salariales existentes en la actualidad«, con el fin de garantizar el cumplimiento del precepto constitucional que dice que “a igual trabajo, igual salario, en las mismas condiciones”.
Garrido aseguró que la migración a un salario global competitivo “nos permitirá atraer y retener el mejor talento al sector público, lo cual se traducirá en un mejor servicio”.
“Este proyecto garantizará la disciplina fiscal, pues con el salario global se evitará el crecimiento acelerado o la creación de nuevos pluses salariales a futuro, protegiendo así, la estabilidad de las finanzas públicas. Estimamos que el ahorro promedio anual de la implementación de la ley sería del 0,7% del PIB, para el sector público no financiero”, subrayó la jerarca.
Adicionalmente, se mantienen los estímulos no salariales para el buen desempeño, la creación de una plataforma en línea para publicar los concursos en el sector público y dar cuentas del avance del reclutamiento, los principios de desvinculación para funcionarios/as con baja evaluación del desempeño, licencia de maternidad ampliada en casos específicos y se crea el permiso por paternidad.
La Ministra enfatizó que “este proyecto impulsa cambios trascendentales que requiere nuestra institucionalidad y que han adquirido una nueva dimensión a la luz de la emergencia por el COVID-19”.
Por su parte, el ministro de la Presidencia, Marcelo Prieto, pidió respetuosamente al Congreso avanzar en la aprobación del cierre del Fondo Nacional de Becas (presentado el año anterior), el proyecto PAGAR, que reduce el gasto público y generan eficiencias en nuestra institucionalidad, así como suspender el pago o reconocimiento de la anualidad 2020 a empleados públicos.
Asimismo, solicitó la aprobación del proyecto para eliminar la anualidad del 2020 a las personas funcionarias públicas, para usar esos recursos en la atención de la emergencia por el COVID-19.
La iniciativa cubre a toda la institucionalidad estatal, desde los poderes de la República, hasta el sector público descentralizado institucional (instituciones autónomas, universidades estatales, empresas públicas estatales, instituciones semiautónomas) y el sector público descentralizado territorial (municipalidades). Exceptúa a los entes públicos no estatales y a las instituciones públicas en un mercado abierto a la competencia.
Vea aquí la presentación completa:
La propuesta contempla:
- Organización de la gobernanza. Define las competencias de MIDEPLAN como órgano rector y las funciones de las áreas de recursos humanos institucionales.
- Planificación del empleo. Propone la existencia de planes de empleo público con las necesidades y la disponibilidad de personal.
- Organización del trabajo. Se dará bajo un solo régimen que agrupa ocho familias de puestos (de personas servidoras públicas en general, del área de salud, de cuerpos policiales, de educación, de universidades públicas, de administración de la justicia, del servicio exterior y personal de confianza)
- Gestión del empleo. Con directrices para los procesos de reclutamiento y selección, incluida una diferenciación para la alta gerencia, así como las causas y el proceso de desvinculación laboral.
- Gestión del desarrollo. Detalla los postulados de capacitación y promoción.
- Gestión de la compensación. Explica la organización de la remuneración de acuerdo con la columna salarial y los grados definidos dentro de las familias laborales, estímulos no monetarios a la productividad y el salario de las jerarquías.
- Gestión de las relaciones laborales. Se establece un tope de 20 días a las vacaciones, una licencia de maternidad ampliada y el permiso por paternidad.
El proyecto propone que, una vez aprobada la ley, habrá doce meses plazo para que entre en vigencia, con el fin de dar un plazo de ajuste institucional. El reglamento a la ley se emitiría seis meses posteriores a su entrada en vigencia.
Cambios del proyecto sustitutivo:
- Elimina los subregímenes. Propone un único régimen de empleo público que gobernará las ocho familias de puestos que lo integran.
- Columna salarial. Es una metodología para determinar el salario global de cada familia de puestos, de acuerdo con las funciones y garantizando la equidad salarial y la coherencia entre las familias de puestos.
- Define las competencias de Mideplan. Se especifican sus funciones como rector de empleo público y garante de que exista unicidad y reglas comunes entre las familias de puestos.
- Crea el salario global solo para nuevo personal. La finalidad es no provocar incremento de gasto público por migración de personas del esquema de salario compuesto al esquema de salario global.
- Elimina la creación del Consejo Consultivo. La meta es facilitar la gobernanza del empleo público y la función de MIDEPLAN como rector.
- Elimina la creación del incentivo monetario. La finalidad es no presionar las finanzas públicas.
- Traslada órganos a MIDEPLAN. La Dirección General del Servicio Civil y el Tribunal Administrativo se trasladan a MIDEPLAN que es el rector de empleo público.
- Pone tope a vacaciones. Se reducen de 30 a 20 días hábiles.
- Crea regulación para interinos. Las instituciones deberán elaborar un plan para realizar los nombramientos en propiedad, en aquellas plazas que se encuentren interinas vacantes.