El Patronato Nacional de la Infancia realiza una campaña para propiciar que las personas adolescentes disfruten de relaciones basadas en la igualdad, el respeto, proyectos de vida similares, gustos compartidos y prevenir así las relaciones impropias.
¿QUÉ SON LAS RELACIONES IMPROPIAS?
Las relaciones impropias son relaciones desiguales y de poder entre una persona adulta y una persona adolescente, que resultan inconvenientes o dañinas para las personas menores de edad porque violentan su periodo y proceso de crecimiento y desarrollo.
En éstas se fuerza a la persona menor de edad a vivir procesos para los que no está preparada y que podrían ser una amenaza a su integridad física, psicológica y sexual, e impide el desarrollo integral al que tiene derecho.
La campaña educativa también tiene productos dirigidos a padres y madres recordando sus experiencias de adolescentes y la responsabilidad de prevenir y evitar las relaciones impropias.
LAS RELACIONES IMPROPIAS ESTÁN PENALIZADAS:
La Ley 9406 que penaliza las relaciones impropias entró en vigencia el 13 de enero del 2017, reformó los artículos del Código de Familia y prohibió el matrimonio con personas menores de 18; además modificó el Código Penal sancionando con pena de prisión quien se haga acceder o tenga acceso carnal por vía oral, anal o vaginal con una persona menor de edad, siempre que no constituya delito de violación, en los siguientes supuestos:
- Con cárcel de 3 a 6 años cuando la víctima sea mayor de 13 y menor de 15 años, y el autor sea 5 o más años mayor.
- Con cárcel de 2 a 3 años cuando la víctima sea mayor de 15 y menor de 18 años, y el autor sea 7 o más años mayor.
- Con cárcel de 4 a 10 años, siempre que el autor tenga en relación con la víctima la condición de ascendiente, tío, tía, hermano o hermana, primo o prima por consanguinidad o afinidad, sea tutor o guardador o se encuentre en una posición de confianza o autoridad con respecto de la víctima o su familia, medie o no relación de parentesco.