Ante el uso cotidiano del alcohol en gel cosmético como medida alternativa de desinfección por la Covid-19, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), con apoyo del laboratorio de la Fábrica Nacional de Licores (FANAL), analizó las diversas marcas comercializadas en el mercado nacional, en cuanto a etiquetado, características, composición y calidad, de previo a la entrada en vigencia del Reglamento Técnico de Alcohol en Gel (RTCR 501:2020), Decreto Ejecutivo No. 42610-S-MEIC.
Para el análisis se incluyeron elementos de calidad fijados en este reglamento, que busca establecer las especificaciones del producto envasado y etiquetado del alcohol en gel antiséptico para manos que se producen, importan o comercializan en el territorio nacional.
Asimismo, se utilizó la metodología de la Normas INTE Q184:2020, para determinar el porcentaje de alcohol obtenido en los análisis de calidad, entre otros aspectos.
Según lo señala el reglamento técnico y las recomendaciones por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los productos que se encuentran con un porcentaje de alcohol entre el 60% y 80% por volumen, se consideran en “condición de cumplimiento” y los que están por debajo o por encima de este rango, se identifican como “posible incumplimiento” a la normativa.
Es importante señalar que este reglamento se publicó en noviembre del 2020 y establece un transitorio de seis meses posterior a su entrada en vigencia para que los productores y comercializadores del producto realicen los cambios correspondientes conforme a las disposiciones señaladas.
Para la recolección de datos de este estudio exploratorio, se tomaron 54 muestras en 13 cantones visitados en Alajuela, Cartago, Heredia y San José.
Según se evidencia en los resultados obtenidos por el laboratorio FANAL,
- el 72% (39 muestras) presentan concentraciones de alcohol en el rango entre 60 y 80%
- el 22% (12 muestras), se encuentran en condición de “posible incumplimiento”
- el 4% equivalente a dos muestras no fue posible destilarlas para realizar los respectivos análisis
- el 2% correspondiente a una muestra, que declaró su uso como no antibacterial
“Este estudio de mercado ha permitido no solo conocer si los productos que se ofrecen al consumidor satisfacen las expectativas, -que en este caso se centra en la desinfección de manos y en el cumplimiento de información veraz-, sino que dado que el muestreo se realizó previo a la entrada en vigencia del reglamento técnico, ofrece a los fabricantes o importadores una oportunidad, para realizar las correcciones necesarias de manera oportuna con el fin de asegurarle a la población que el producto cumple los requisitos de calidad y etiquetado”, indicó Luisa Díaz, directora de Calidad del MEIC.
Verificación en etiquetado
Adicionalmente, se monitoreó la información del etiquetado y se obtuvo como resultado que el 85% (46 muestras), presentaron una o más inconsistencias con la regulación propuesta, mientras que sólo el 15% (8 muestras), cumplen con todos los requisitos.
Los resultados de laboratorio indican que cerca de dos terceras partes de los productos disponibles en el mercado se encuentran dentro del ámbito de concentración de alcohol deseado, al momento del análisis, sin embargo se encontraron diferencias con respecto al valor declarado en la etiqueta.
Las principales desviaciones detectadas en etiquetado, corresponden en orden a: contenido de grado alcohólico (%); instrucciones de almacenamiento o conservación del producto; precauciones y advertencias obligatorias para este tipo de producto; contactos del productor o distribuidor; país de origen; fecha de vencimiento; instrucciones de uso y número de lote; la naturaleza del producto y el contenido neto.
“FANAL trabaja arduamente en operativos interinstitucionales realizando análisis de laboratorio y criterios técnicos que son un apoyo elemental para otras instituciones del Estado para decomisar productos adulterados, productos falsos o fuera de los estándares de calidad. En esta ocasión atendimos la solicitud que nos hiciera la Dirección de Calidad, Departamento de Verificación de Mercados del MEIC”, dijo Raquel Quirós, coordinadora Laboratorio Control de Calidad de FANAL.
Por otro lado, al comparar el porcentaje de alcohol declarado en la etiqueta con los resultados de análisis del laboratorio, se determinó que el 25% (13 marcas), coinciden o superan el porcentaje de grado alcohólico real obtenido por el laboratorio y 75% (39 marcas) no coinciden o son inferiores a este.
El Departamento de Verificación de Mercados, mediante la Dirección de Calidad, notificó a los proveedores, distribuidores, importadores o productores, sobre los ajustes que deben realizar en temas de etiquetado y calidad del producto, según corresponda.
Al finalizar el transitorio y previo a un proceso de verificación, prevención y denuncias por parte de la Dirección de Calidad ante la Comision Nacional del Consumidor (CNC), se aplicarían sanciones respectivas.