La Policía de Tránsito ha levantado, en lo que llevamos del año, 224 boletas por infringir la restricción vehicular en Pérez Zeledón. Así se desprende de los datos recogidos por la delegación a nivel cantonal.
En ese sentido, el Lic. Diego Castro Calvo, Sub Delegado Cantonal de Pérez Zeledón, de la Policía de Tránsito, explicó que en realidad la población acata bastante bien la restricción vehicular que es una medida ordenada por las autoridades para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19 desde que empezó la pandemia.
El oficial también recordó que quienes presentan una excepción para la restricción, deben portar la respectiva carta.
Puntualmente, recordemos que todas las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deben ser actualizadas pues tienen una vida útil de 2 meses.
Esa carta se le puede presentar a las autoridades de tránsito en físico o digital. También, existe la obligación de presentar el carné institucional o empresarial, adicional a la carta de excepción.
Así que recuerde:
Si usted necesita trasladarse dentro de los períodos de restricción por motivos laborales, debe portar una carta elaborada por su empresa, que debe contener la siguiente información para tener validez:
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El nombre de la persona trabajadora.
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El número del documento correspondiente de identidad.
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El horario de trabajo de la persona trabajadora.
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El domicilio de la persona trabajadora.
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El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.
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La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.
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La excepción invocada según el artículo 6° del presente Decreto Ejecutivo.
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El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
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Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.
Finalmente, en el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores -incluir los datos posibles enumerados en el párrafo trasanterior- o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas.
De momento, esta es la restricción vehicular que está vigente: