Con el objetivo de garantizar el derecho de las personas a apelar un parte que, estiman, fue hecho de manera injusta, ya es posible impugnar mediante correo electrónico, sin necesidad de poseer firma electrónica.
Esta diligencia se puede hacer, igualmente, por Fax o de manera presencial en las 12 sedes de Impugnaciones del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), a lo largo de todo el país.
En el caso específico de la apelación por correo electrónico, se aplica desde hace ya varios años, pero con motivo de la pandemia por Covid-19, para evitar aglomeraciones y desplazamientos físicos, se permite impugnar por ese medio a
todas las personas, aunque no tengan firma digital, que era un requisito para esa modalidad, resumió Carlos Rivas Fernández, Director Jurídico de COSEVI.
El correo disponible es recepcion-impugnaciones@csv.go.cr.
Eso sí, la persona debe firmar manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como ÚNICO medio para recibir las comunicaciones futuras.
Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.
Asimismo, quienes paguen dentro de los 10 días hábiles posteriores al registro de la multa o a su firmeza tras una apelación no ganada, obtienen un descuento del 15% en tanto no sean multas clase A, que son las que tienen un monto actual de unos ¢327.000.
Las multas de Tránsito prescriben en siete años con la actual Ley, así que en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos.